lunes, 1 de octubre de 2007

Sinopsis:Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo de Cooperación al Desarrollo

Establece los principios rectores, los objetivos y los medios de la Cooperación al Desarrollo en Navarra.
Así señala en su artículo 1º que la Comunidad Foral de Navarra asume la responsabilidad de cooperar con otros países para propiciar su desarrollo integral, contribuir a la mejora de las condiciones de vida de sus habitantes y aliviar y corregir las situaciones de pobreza, propiciando un desarrollo humano solidario y estable, que incluya mayores cuotas de libertad y un reparto más justo de los frutos del crecimiento económico.
En este contexto general y de forma más particular, en el artículo 7º, se indica que las Administraciones Públicas de Navarra, incluirán en sus programas de Cooperación al Desarrollo, directamente o en colaboración con las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD), acciones de educación para el desarrollo y sensibilización social entendiendo por ello el conjunto de actividades que favorezcan una mejor percepción de la sociedad hacia los problemas que afectan a los países en desarrollo y que estimulen la solidaridad y cooperación activas con los mismos.
En los artículos 26, 27 y 28 se entienden a las personas voluntarias como aquellas personas físicas que se comprometen libremente a realizar actividades de interés general, con carácter altruista y solidario, integradas en organizaciones sin ánimo de lucro, que tengan personalidad jurídica propia y participen en la gestión o ejecución de programas concretos de cooperación al desarrollo.